martes, 24 de marzo de 2009

Propiedad Intelectual y Transferencia de Tecnología

La ciencia progresa gracias a la puesta en común y la transferencia de las actividades, metodologías y resultados de todos los científicos, pero esta difusión de los resultados hace que los mismos sean de dominio público (Represa et al., 1999), aspecto este que invalidaría la protección por la rama de Propiedad Industrial. Por otro lado, las empresas son las que han de integrar, por sí mismas o con la ayuda de las entidades de I+D, los conocimientos y resultados obtenidos en las investigaciones; pero necesitan disminuir, en la medida de lo posible, el riesgo de las inversiones asociadas al desarrollo e industrialización de los citados resultados.La solución para salvar esta aparente dicotomía a la que se enfrentan los investigadores entre la difusión de resultados, necesaria para contribuir al progreso del conocimiento, y la protección de los mismos, imprescindible para permitir la explotación exclusiva industrialmente, es protegiendo los resultados mediante la Propiedad Intelectual antes de difundirlos.

Unido a esto, la propiedad industrial genera una información que permite visualizar el entorno y constituye una herramienta para la concertación de cualquier negocio por parte de la empresa productora.

Esta información supone unos 42 millones de documentos de patentes publicados en todo el mundo en todos los ámbitos de la técnica, a los que se suma otro millón de documentos cada año, constituyendo un auténtico tesoro oculto pues se trata de la mayor colección actualizada y clasificada de documentos técnicos sobre nuevas tecnologías (OMPI, 2005).

Actualmente, gracias a la creación de bases de datos computarizadas que pueden consultarse gratuitamente en Internet, se les han abierto las puertas a la información sobre patentes a todos los usuarios.

Las patentes se conceden generalmente antes de que el producto o proceso patentado se ponga a la venta en el mercado o se comience su transferencia.

Por lo tanto, la publicación de una solicitud de patente es la primera posibilidad que tiene el público de acceder a la información pertinente.

Además, los documentos de patentes contienen una información mucho más detallada acerca de una tecnología específica que cualquier otro tipo de publicación científica o técnica.

A este respecto, se calcula que más del 70 % de la información divulgada en los documentos de patentes no se publica en ningún otro sitio (Global Patent Sources, 1999). Esta información sobre patentes se ha convertido actualmente en un instrumento estratégico y las empresas agropecuarias deberían hacer un mayor uso de ella pues le permite conocer a la entidad que le va a transferir la tecnología, si es factible la transferencia o no en dependencia de los años de vigencia de la patente y si existen otras entidades que también trabajen ese campo.

Existe un conocimiento que está constituido por know- how (saber hacer), tecnologías o información técnica, como por ejemplo la mejor forma de obtener un producto para la alimentación animal o la forma de que este sea más aprovechado por el animal, pero que por sus características puede protegerse o no por las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial pero la organización decide mantenerla en secreto.

Este conocimiento puede protegerse como secreto empresarial o información no divulgada según el Acuerdo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdos ADPIC).

Esta información no divulgada también puede transferirse y puede ser objeto de los contratos de Asistencia Técnica entre entidades agropecuarias, una forma de proteger esta información. Los conocimientos que se transmiten de generación en generación (conocimientos tradicionales) sobre el manejo de los animales, sobre la siembra de los cultivos o las plantas que tienen capacidades curativas también son protegidos por la propiedad intelectual y cada país establece las leyes al respecto sobre su protección aunque existe un tratado internacional, el Convenio sobre Diversidad Biológica, que regula a sus países miembros las pautas principales.

Si se analiza que los conocimientos tradicionales existen en todas las regiones de nuestro planeta, cuanta información no puede utilizarse y transferirse por este medio.

Sumado a esto, cuando se lee un libro o una revista que contiene información sobre una tecnología y se aplica en la unidad productiva, granja o empresa, se está transfiriendo tecnología pero la fuente es a través de un medio de información que está protegido por el Derecho de Autor, la otra rama de la Propiedad Intelectual.

Conclusiones
Aún subsiste un desconocimiento sobre la utilización de la propiedad intelectual en la Transferencia de Tecnología que no permite que las entidades agropecuarias comprendan que:
Las tecnologías que se transfieren están protegidas de una forma u otra por la Propiedad Intelectual.

La propiedad Intelectual no está en contraposición con la transferencia de tecnología, sino que puede facilitar el proceso dándole herramientas a la entidad para conocer la organización que va a establecer la transferencia y que valor tiene la tecnología que se va a adquirir.

No hay comentarios:

Publicar un comentario